el diputado Luis Roberto Lorenzato Pidió formalmente explicaciones a las autoridades judiciales y migratorias sobre la conducta del Estado italiano en materia de “Gran Naturalización”.
El tema persigue a los italobrasileños que buscan reconocimiento de la ciudadanía italiana a través de la Corte de Roma.
Actuar contra las colas es una forma justa de evitar las colas en los consulados italianos, que pueden durar hasta 15 años.
En su misión de recurrir las condenas fallidas y evitar así la malversación del erario público, el abogado del Estado italiano se ha pronunciado cada vez más.
La “avvocatura” alega que los italianos que se encontraban en Brasil en el período comprendido entre el 15 de noviembre de 1889 perdieron su nacionalidad italiana y adquirieron la nacionalidad brasileña.
El argumento es débil, pero provoca retrasos y, en algunos casos, costes adicionales para los ciudadanos que buscan la confirmación de la ciudadanía italiana.
“He preguntado al Presidente del Consejo de Ministros, al Ministro de Asuntos Exteriores, al Ministro del Interior y al Ministro de Justicia (todos italianos) para entender por qué tienden a apelar las decisiones del Tribunal de Roma a favor de aquellos que nacieron italianos por descendencia”, dijo el miembro del Parlamento italiano. Lorenzato, vía nota.
¿Qué es la Gran Naturalización?
La “Gran Naturalización” fue una medida adoptada en Brasil en 1889, poco después de la proclamación de la República.
En aquel momento, el gobierno provisional de Manuel Deodoro da Fonseca determinó que todo extranjero que actualmente resida en territorio brasileño sería automáticamente naturalizado como ciudadano, “salvo declaración en contrario al municipio respectivo, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de este decreto”.
Se impuso la naturalización brasileña
Pocos inmigrantes conocían esta naturalización obligatoria. En teoría, los inmigrantes se convirtieron en nacionales brasileños.
Pero la Corte di Cassazione de Napole –segunda instancia de la justicia italiana– ya superó la cuestión en 1907, al entender que la falta de una declaración contraria a la aceptación de la nacionalidad brasileña no sólo era ineficaz para probar la renuncia a la nacionalidad de origen, sino que También violaba la libertad de elección.
“El decreto brasileño no ofrece la nacionalidad a los extranjeros, sino que la impone. En cualquier caso, según el Código (civil) italiano, la solicitud de nacionalidad debe ser un acto voluntario del individuo”, afirmó Francesco Crispi, Primer Ministro del Reino de Italia, el 4 de octubre de 1890.
Italia no empezó a reconocer la doble ciudadanía hasta 1912.
Sentencias favorables a los italobrasileños
La primera sentencia que tumbó la tesis del abogado del Estado italiano sobre la “Gran Naturalización” fue en febrero de 2020.
En aquella ocasión, la jueza Cecilia Pratesi, en Tribunal Ordinario de Roma, sentenció: “Hay que subrayar que la norma en cuestión no fue bien recibida por los países extranjeros cuyos ciudadanos habían emigrado masivamente a Brasil y, en lo que respecta a Italia, fue considerada inaplicable por la jurisprudencia”.
En la sentencia, mencionó que “en ningún caso las leyes de un país extranjero” pueden “derogarse de las leyes prohibitivas del Reino (de Italia) y que se refieren a personas, bienes y acciones”.
A pesar de las numerosas sentencias contrarias a la tesis de “Gran Naturalización“, el abogado del Estado italiano, por pura terquedad, sigue defendiendo su tesis.







































