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Cinco abogados, una audiencia: los argumentos a los que el Tribunal tendrá que responder.

Desde el caso del niño de Mantua hasta la apelación ante Estrasburgo: lo que sucedió en los tribunales italianos.

El Tribunal Constitucional italiano escuchó el martes (9) a cinco abogados en una audiencia sobre la nueva ley de ciudadanía por descendencia. Ningún juez formuló preguntas. El Tribunal concluyó la sesión sin pronunciarse.
El Tribunal Constitucional italiano escuchó el martes (9) a cinco abogados en una audiencia sobre la nueva ley de ciudadanía por descendencia. Ningún juez formuló preguntas. El Tribunal concluyó la sesión sin pronunciarse.

El Tribunal Constitucional italiano celebró una audiencia pública el martes (9) sobre la constitucionalidad del artículo 3-bis de la Ley 91/1992, introducido por el Decreto-Ley 36/2025, la norma que modificó las normas para el reconocimiento de la ciudadanía italiana. Por descendencia. Cinco abogados declararon, representando a un menor, a adultos afectados por el cambio legislativo y a la Presidencia del Consejo de Ministros. El Tribunal no emitió un fallo. No hay un plazo establecido para la decisión.

El ponente, juez Juan PitruzzellaEl tribunal presentó tres órdenes de remisión de sentencia: la número 4, del Tribunal de Mantua, relativa a un menor; y las números 40 y 41, del Tribunal de Campobasso. Las cuestiones centrales giran en torno a la retroactividad, la violación de derechos adquiridos, el abuso de decreto ley y el artículo 22 de la Constitución italiana, que prohíbe la privación de la ciudadanía por motivos políticos.

Celotto: Dos minutos y el caso de un niño.

El constitucionalista Alfonso Celotto, profesor de la Universidad Roma Tre, abrió el debate y fue directo al grano. respecto al caso del menor de MantuaEn menos de tres minutos, centró su argumento en el artículo 22 de la Constitución, describiendo la norma como capaz de transformar la ciudadanía de un derecho fundamental en un interés legítimo debilitado.

"Nos enfrentamos a una especie de revocación masiva y automática de la ciudadanía", afirmó.

Celotto también criticó el sistema de citas consulares: "Esas listas de espera de años en consulados y embajadas: eso también era un sistema absurdo".

Mellone: ​​recurso al CEDH y condiciones imposibles

Marco MelloneEl abogado defensor en el proceso ante el Juzgado de Campobasso utilizó el estrado durante más de 12 minutos y arremetió directamente contra la Sentencia 63/2026, publicada tras la vista del 11 de marzo. Según él, el Juzgado ya había resuelto el asunto antes de escuchar a la defensa.

"Los jueces se expresan a través de sus sentencias, no a través de comunicados de prensa", declaró el abogado.

Mellone cuestionó las condiciones retroactivas creadas por la nueva ley: «Díganme quién decide su propio lugar de nacimiento. Díganme quién decide la nacionalidad de su padre o abuelo. Son condiciones imposibles de cumplir».

El abogado también cuestionó la reclasificación de los ciudadanos italianos nacidos en el país y residentes en el extranjero, realizada por la Sentencia 63/2026: «Si el Tribunal Constitucional de mi país llama "extranjeros" a personas a las que la ley otorgó la ciudadanía italiana desde su nacimiento, me pregunto si los jueces conocen, uno por uno, a los millones de ciudadanos italianos nacidos y residentes en el extranjero».

Mellone informó que ya ha presentado un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por la violación del artículo 6 del Convenio Europeo, que garantiza el derecho a un juicio justo, y se reservó en el acta el derecho a apelar también con base en el artículo 8, que protege la vida privada.

Restatio: 'el derecho de sangre conserva el nombre, pero pierde la sustancia'

La abogada Mónica Lis Restanio, quien se identificó como ciudadana italiana nacida en el extranjero, fue la más enérgica en su crítica a la Sentencia 63/2026. Según ella, la decisión anterior del Tribunal transformó el ius sanguinis en un derecho subordinado a un posterior reconocimiento burocrático.

"En esta definición sin precedentes, el ius sanguinis conserva su nombre, pero pierde su esencia: la ciudadanía ya no se transmite por filiación, sino que depende de una intervención burocrática posterior", afirmó.

Estagio concluyó su intervención con una de las declaraciones más contundentes de la audiencia: «No somos nosotros, los abogados defensores, quienes les hablamos hoy. Hablaron los legisladores de 1865, 1912 y 1992. Habla la doctrina mayoritaria y la jurisprudencia europea. El Tribunal de Casación habló hace apenas unos días. Es toda la historia y la tradición jurídica de Italia la que lo hace», afirmó la abogada argentina.

Caruso: la cláusula de salvaguardia y la metáfora de Eurípides

El profesor Corrado Caruso Centró su argumentación en la cláusula transitoria del Decreto Ley 36/2025, que solo protegía los casos con nombramientos consulares ya concedidos antes del 28 de marzo de 2025. Según él, dicha cláusula traslada a los solicitantes las consecuencias de las propias ineficiencias de la administración pública.

"En última instancia, esto trasladaría la responsabilidad de las ineficiencias e insuficiencias del aparato administrativo a los beneficiarios de la medida, subordinando el éxito de la solicitud no a la diligencia del solicitante, sino al correcto funcionamiento de la administración", afirmó.

Caruso recurrió a Eurípides, el poeta trágico griego, para describir el papel que, en su opinión, corresponde al Tribunal: así como Heracles rescató a Alcestis del Hades, el juez constitucional debe impedir que los afectados sigan siendo prisioneros de las ineficiencias administrativas que han bloqueado sus peticiones.

Estado: medidas compensatorias y proporcionalidad

El fiscal del estado, Lorenzo D'AsciaEn representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, refutó los argumentos de la defensa y defendió la proporcionalidad de la norma. Respecto a la Ordenanza 13.818 de Casación, ampliamente citada durante la audiencia, fue categórico:

"Me resulta difícil creer que una decisión del Tribunal de Casación sobre la interpretación de una ley que ya no existe deba utilizarse como parámetro para evaluar la constitucionalidad de una nueva ley", argumentó.

En lo que respecta a las listas de espera consulares, el Estado señaló que la acción judicial siempre ha estado disponible sin restricciones: "La acción judicial no está sujeta a listas de espera".

En cuanto al artículo 22, rechazó la interpretación de la defensa: "No me parece aceptable la afirmación de que toda decisión del poder legislativo que no haga que la pérdida de la ciudadanía dependa de una elección voluntaria del individuo se deba, en sí misma, a motivos políticos".

Para concluir, D'Ascia reiteró que la normativa no constituye una reforma sistémica de la ciudadanía, sino únicamente correcciones específicas e inevitables. La reforma orgánica se está tramitando en el Senado italiano en virtud de la Ley del Senado 1450.

El presidente del Tribunal clausuró la sesión sin preguntas de los jueces y sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.

La audiencia completa puede verse aquí: Corte Constitucional

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