Como era de esperar, el El Senado italiano aprobó este juevesEl 15 de mayo se aprobó el proyecto de ley que limita el derecho a la ciudadanía italiana por descendencia. El texto, que modifica el abusivo decreto-ley n.º 36/2025, recibió... 81 votos a favor y 37 en contra, en una sesión con quórum reducido:sólo 119 de los 205 senadores elegibles participaron en la votación.
La baja participación se interpretó como un signo de desinterés político sobre el tema. El Gobierno optó por iniciar la tramitación en el Senado precisamente con este proyecto porque prevé mayor facilidad de aprobación, ya que la coalición gobernante tiene mayoría tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados.
El texto pasa ahora a la Câmara, donde está previsto que la votación se lleve a cabo entre 22 y 23 de mayo.
El tratamiento se realizará bajo voto de confidencia, un instrumento parlamentario que Previene enmiendas y acelera la aprobación. Con esto, el texto quedará aprobado tal y como salió del Senado, evitando que expire el plazo legal de 60 días para convertir el decreto en ley.
Criterios más estrictos
El proyecto inserta restricciones al reconocimiento automático de la ciudadanía jure sanguinis, es decir, por lazos de sangre. Entre los nuevos requisitos se encuentra el prueba de vínculos efectivos con Italia.
Los requisitos siguientes se convierten en:
- Ascendencia directa hasta el segundo grado con un ciudadano que poseía exclusivamente ciudadanía italiana;
- Residencia legal en Italia durante al menos dos años del progenitor italiano después del reconocimiento y antes del nacimiento o la adopción del descendiente;
La propuesta deroga secciones de la legislación anterior que permitían el reconocimiento Sin límite de tiempo ni necesidad de vínculos concretos con el Estado italiano.
Según la exposición de motivos que acompaña al decreto-ley, el Gobierno sostiene que la antigua ley favorecía la creación de un base creciente de ciudadanos italianos sin una conexión real con el país, lo que supondría un riesgo para la seguridad nacional y para la Unión EuropeaY sobrecargar consulados y tribunales.
Durante la votación del proyecto de ley que limita el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia, este jueves (15), el senador Roberto Cataldi, Yo Movimiento 5 Estrellas (M5S), hizo una fuerte declaración en defensa de las comunidades italianas fuera de Italia.
Mencionó específicamente las comunidades del sur de Brasil, formada por descendientes que mantienen viva la lengua, el dialecto y las costumbres italianas. "¿Cómo puedes decir que no son italianos? “Viven en ciudades con nombres italianos, hablan el dialecto veneciano y han conservado sus tradiciones durante cinco generaciones”, dijo Cataldi en tono indignado.
El parlamentario afirmó que el Gobierno está abordando el tema de la ciudadanía “como mera burocracia“e ignorando la trayectoria de millones de personas de origen italiano que viven en el extranjero”.Están tratando a los italianos que viven lejos de su patria como si fueran simples prácticas que hay que descartar."Él dijo.
Punto débil del decreto
El núcleo de la reforma está en la el arte. 3-bis del Decreto-Ley No. 36/2025, que determina que Se considerará que nunca ha adquirido la ciudadanía italiana quien haya nacido en el extranjero y posea otra ciudadanía., salvo los casos expresamente previstos.
Este artículo altera la interpretación histórica de la legislación italiana y Afecta incluso situaciones anteriores a su entrada en vigor, lo cual, según juristas y senadores de la oposición, viola el principio constitucional de irretroactividad de las leyes. Además, puedes violar derechos adquiridos de miles de personas que ya habían presentado la demanda – o en las colas de los consulados – basado en estándares anteriores.
La oposición calificó el decreto de “abusivo” y advirtió que su redacción abre el camino a acciones en los tribunales italianos, con posibilidad de interrogatorio en el Corte Constitucional.
Qué dice el texto aprobado: puntos clave y controversias
El proyecto de ley aprobado en el Senado introduce cambios significativos en el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia. Los puntos principales se resumen a continuación:
1. Los procesos iniciados hasta el 27/03 siguen vigentes
Las solicitudes presentadas en el consulado o en el municipio italiano con La programación formal se comunicará al interesado antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025. Serán aceptados, de acuerdo con la arte. 3-bis, letra a-bis.
2. Menores nacidos hasta el 27/03/2025
Los hijos menores de edad de ciudadanos reconocidos hasta esa fecha podrán tener reconocida su ciudadanía. hasta el 31 de mayo de 2026, de acuerdo con la arte. 4, coma 1-ter de la Ley 91/1992, con nueva redacción.
3. Menores nacidos después del 28/03/2025
Para los nacidos después de esta fecha, se podrá reconocer la ciudadanía. siempre que la inscripción se produzca dentro del año siguiente al nacimiento o después del reconocimiento de la filiación (incluida la adoptiva). También se requiere que el menor Residir legalmente durante dos años continuos en Italia, a menos que sea un recién nacido, según la nueva arte. 4, párrafo 1-bis.
4. Requisito de “exclusivamente italiano”
Para el reconocimiento automático, es necesario demostrar que la padre o abuelo (hasta el segundo grado ascendente) propiedad sólo ciudadanía italiana en la fecha de fallecimiento o en el momento de la transferencia de ciudadanía (arte. 3-bis, letra c). Este punto se considera como legalmente frágil y debe ser cuestionado en Corte Constitucional, al crear una exclusión basada en criterios de nacionalidad múltiple.
5. Examen de lengua italiana (nivel B1)
No se requiere dominio del idioma (nivel B1) Esto no se aplica a ninguno de los casos previstos en el nuevo texto, salvo los procesos de naturalización ya regulados por otras leyes.
6. Ciudadanía por matrimonio
No hubo cambios en las reglas para el reconocimiento de la ciudadanía a través del matrimonio.. Los procedimientos se siguen según lo previsto en la legislación anterior, sin modificaciones en plazos ni requisitos adicionales.






































