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El 'interés de actuar' y el Tribunal de Génova – Por Andrew Montone

Comprender el concepto de interés en actuar en el reconocimiento de la ciudadanía italiana y las diferencias entre los tribunales italianos, como Génova y Roma.

Andrew Montone, abogado especializado en ciudadanía italiana, explica el concepto de interés para actuar y los diferentes enfoques de los tribunales italianos, como Génova, Roma y Brescia, a la hora de reconocer la ciudadanía.
Andrew Montone, abogado especializado en ciudadanía italiana, explica el concepto de interés para actuar y los diferentes enfoques de los tribunales italianos, como Génova, Roma y Brescia, a la hora de reconocer la ciudadanía.

por  Andres Montone*

Reconocimiento del estatus de “ciudadano italiano” (ciudadano italiano), ya considerado por la Casación como un derecho inmediato e incondicional sujeto a protección, ha sido interpretado de manera diferente por la Tribunal de Génova, especialmente en lo que respecta al concepto de interés de actuar, uno de los requisitos de acción previstos en el artículo 100 del Código de Procedimiento Civil italiano.

En términos sencillos, el interés en interponer una acción es un interés procesal que refleja la necesidad/utilidad de que una solicitud se considere mediante una decisión judicial, ya que no puede ser resuelta por el Estado. En el caso del reconocimiento de la ciudadanía italiana, se trata de la vía paterna, considerando que las solicitudes, en teoría, deberían ser tramitadas por los consulados en... duración razonable. Este entendimiento es ampliamente aceptado por Corte de Roma, incluso antes de la descentralización que permitió el funcionamiento de otros tribunales.

La prueba de este interés, en su forma evolutiva, puede realizarse a través de diversos medios que ponen de relieve la ineficacia del Estado italiano, especialmente en lo que respecta a las actividades de los consulados. Los ejemplos incluyen:

  • Correos electrónicos enviados al consulado (como “puesto ordinario”);
  • Listas de espera que demuestran la incapacidad del Estado para atender diversas demandas;
  • Pedidos realizados con AR (Aviso de Recibo), acompañados de formularios cumplimentados personalmente y copia del documento de identidad.

Con la llegada del sistema “prenot@mi” (cuando se utiliza), las solicitudes comenzaron a presentarse exclusivamente en línea. El Tribunale di Roma sigue esta interpretación y, en varias sentencias, reafirma que la incertidumbre sobre el reconocimiento de la ciudadanía y la demora excesiva en la tramitación de estas solicitudes perjudican los intereses legítimos de los ciudadanos, lo que justifica la búsqueda de protección judicial (véanse las sentencias del Tribunale di Roma de 01/11/2012, 28/06/2016 y 03/08/2017, entre otras).

En línea con esta posición, tribunales como los de Brescia (Sentencia n. 4681/2024), Salerno (Sentencia n. 4312/2024) y Catanzaro (Sentencia n. 1624/2024) también reconocen el derecho a actuar, basándose en situaciones de incertidumbre. causado por retraso administrativo.

El Tribunale di Brescia, por ejemplo, reconoce que los registros (capturas de pantalla) del Consulado General de Italia en São Paulo, cuando no hay respuesta a una solicitud de ciudadanía, demuestran la ineficiencia del consulado en procesar las solicitudes, incluso cuando fueron presentadas hace varios años.

El Tribunale di Firenze, consciente de la caótica situación que afecta a países como Brasil, Argentina y Venezuela, afirma que existe un interés legítimo en actuar, incluso cuando no hay pruebas formales de intentos de uso del sistema. “prenot@mi”. Evidencias notorias, como las largas listas de espera en los citados consulados, que superan los 10 años, ponen de relieve la falta de evaluación de las solicitudes dentro de los plazos legales, generando una situación objetiva de incertidumbre.

Recientemente, el Tribunale di Reggio Calabria, en algunas decisiones, ha venido solicitando la manifestación constante de interés en proseguir la acción, lo que ocurre también con los jueces noveles que aún no están familiarizados con los procesos de reconocimiento de la ciudadanía italiana.

Sin embargo, la posición del Tribunal de Génova y su Tribunal de Apelación (Sentencia nº 1246/2024, de 16/10/2024) contrasta con la de los tribunales antes mencionados. En su análisis, el tribunal no considera capturas de pantalla (huellas dactilares) y los correos electrónicos enviados al consulado como medio adecuado para acreditar el intento de solicitud de ciudadanía, argumentando que:

“Respecto a las 'capturas de pantalla presentadas por los solicitantes', cabe señalar que, independientemente de intenciones instrumentales, no nos permiten verificar si el intento de programación se realizó para la solicitud de ciudadanía o para otros servicios ofrecidos por la Embajada de los Estados Unidos. Sitio web de los Estados Unidos.

Además, el tribunal de Liguria considera que los correos electrónicos enviados por correo electrónico normal (como Gmail o Hotmail) no son aptos para iniciar el proceso de solicitud, ya que no van acompañados de la documentación exigida por el Decreto Presidencial n. 362/94.

Se abre un paréntesis: la norma del decreto no forma parte del reglamento de ciudadanía jure sanguinis.

Lo que el Tribunale di Genova considera apropiado para iniciar el proceso es el contacto formal con la autoridad diplomático-consular a través de PEC (Correo certificado), es decir, una comunicación formal y certificada.

También hay decisiones que indican que este contacto no sería útil si se produjera durante el proceso, lo que es diametralmente opuesto a lo que la Casación predice sobre este interés sobreviniente:

“L'interesse ad actere (...) el pregiudizio debe ser concreto y actual, incluso sopravvenuto all'atto impugnato, pero no debe implicar necesariamente la lesión de un derecho (...); è suficiente uno stato di incertidumbre (…)” (Cass., 20.1.2010, n. 919).

El efecto de la falta de interés en actuar (uno de los condición del área, también presente en el CPC brasileño) es la declaración de inadmisibilidad de la demanda, sin entrar en el fondo. Esto implica que el derecho no será analizado, no convirtiéndolo en cosa juzgada, pero generando, sin embargo, nuevos costos por su propuesta.

Por lo tanto, es fundamental analizar cuidadosamente cada unidad consular y el entendimiento de cada tribunal, ya que las interpretaciones pueden variar sustancialmente dependiendo de la región y la situación específica de cada solicitud, especialmente en los consulados fuera de Brasil.

Andres Montone Es abogado especializado en ciudadanía italiana, colegiado en el Colegio de Abogados de Milán, el Colegio de Abogados de Portugal y el Colegio de Abogados de Brasil. Actualmente ejerce en... Estudio Legal Piccolo, en Italia, centrándose en la inmigración y la ciudadanía.

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