El Tribunal Constitucional de Italia recibió la cuarta pregunta Sobre el decreto que restringe el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia.
El nuevo envío partió, una vez más, desde Tribunal Ordinario de Campobasso, que suspendió un proceso y remitió a la Corte el análisis de constitucionalidad del artículo 3-bis de la Ley 91/1992, incluido por el Decreto-Ley 36/2025 y convertido en Ley 74/2025.
La decisión fue emitida el 5 de febrero de 2026.
La información fue confirmada por el abogado Marco Mellone, quien representará a los descendientes en uno de los casos ante la Corte Constitucional.
Según el comunicado, corresponderá al presidente del Tribunal decidir si la audiencia prevista para el 11 de marzo de 2026 se aplazará para permitir un juicio conjunto con las cuestiones ya planteadas por los tribunales de Turín y Mantua.
Suspensión del proceso
El caso involucra a dos ciudadanos brasileños de ascendencia italiana. La solicitud de reconocimiento de ciudadanía por derecho de sangre (jure sanguinis) se presentó tras la entrada en vigor de la nueva normativa.
El juez determinó que existen dudas significativas sobre la compatibilidad de la norma con la Constitución italiana y el derecho de la Unión Europea. El juicio se suspendió a la espera de la decisión del Tribunal Constitucional.
¿Qué dice la norma?
El artículo 3-bis establece que no se consideran adquiridos la ciudadanía italiana aquellos nacidos en el extranjero, incluso antes de la entrada en vigor de la norma, y que posean otra ciudadanía, salvo en los casos específicos previstos por la ley.
Entre las excepciones se encuentran los casos en que el estatus ya haya sido reconocido el 27 de marzo de 2025, por vía administrativa o judicial, o cuando se cumplan requisitos como la residencia previa de un progenitor en Italia o la posesión exclusiva de la ciudadanía italiana por un ascendiente de primer o segundo grado.
Según el tribunal, la norma podría tener efectos retroactivos al afectar a personas que ya habían nacido y que, según la normativa anterior, habrían adquirido la ciudadanía por nacimiento.
Posible violación constitucional
En su decisión, la jueza señala una posible violación de los artículos 2, 3, 22, 72, 77 y 117 de la Constitución italiana.
El texto argumenta que la nueva norma podría constituir una revocación sustancial de un derecho ya adquirido, aunque el legislador la califica como "preclusión de la adquisición automática".
También se cuestionó el uso de la fecha de presentación de la solicitud como criterio de exclusión. Según la decisión, esto podría dar lugar a un trato desigual entre personas en situaciones idénticas, debido a factores ajenos a la voluntad de los involucrados.
Impacto europeo
La decisión subraya que la pérdida automática de la ciudadanía italiana implica también la pérdida de la ciudadanía de la Unión Europea.
El Tribunal menciona una posible incompatibilidad con el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, señalando la ausencia de criterios de valoración individual y de proporcionalidad.
Audiencia programada
El Tribunal Constitucional La audiencia ya está programada para el 11 de marzo de 2026. para resolver cuestiones similares planteadas por otros tribunales.
Con la nueva presentación de Campobasso, el Tribunal podrá decidir si consolidar los casos en un solo juicio o fijar una nueva fecha para la revisión conjunta.







































Carlos
12 de febrero de 2026 a las 10:26
Ojalá que esto no retrase todo…