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La revocación pone fin a un "asunto menor" en la ciudadanía italiana.

El tribunal dictaminó que la naturalización de los padres no interrumpe la ciudadanía de los hijos.

Las Secciones Unidas deciden que un menor con doble ciudadanía desde su nacimiento conserva la ciudadanía italiana incluso después de la naturalización de sus padres: Foto: AdobeStock
Las Secciones Unidas deciden que un menor con doble ciudadanía desde su nacimiento conserva la ciudadanía italiana incluso después de la naturalización de sus padres: Foto: AdobeStock

El Tribunal de Casación italiano ha dictaminado que un niño nacido en el extranjero, que es italiano por ascendencia y también ciudadano del país donde nació, no pierde la ciudadanía italiana Si tu padre o tu madre se naturaliza extranjero mientras tú aún eres menor de edad.

La decisión, tomada por las Secciones Unidas y publicado este lunes (27)Esto pone fin en la judicatura italiana a la controversia conocida como la "cuestión menor", que en los últimos años ha llevado al rechazo de solicitudes de reconocimiento de la ciudadanía por descendencia.

Con base en el principio de derecho establecido por el tribunal, los jueces afirman que un menor nacido en el extranjero de padre o madre italianos, en un país que otorga la ciudadanía por nacimiento, "Es un ciudadano bipolar por derecho propio desde su nacimiento y conserva la ciudadanía italiana." incluso en caso de naturalización posterior o pérdida de la nacionalidad italiana por parte del progenitor.

La decisión se refiere a la interpretación de los artículos 7 y 12 de la Ley 555 de 1912, la antigua legislación italiana sobre ciudadanía.

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Se ha abierto una nueva puerta para los descendientes.

La nueva ley será ahora revisada por los tribunales de la Unión Europea. Además, existen precedentes europeos que refuerzan la defensa de los descendientes.

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El artículo 7 protegía a los ciudadanos italianos nacidos en otro país que también hubieran adquirido la ciudadanía de ese país desde su nacimiento. El artículo 12, a su vez, contemplaba situaciones en las que la pérdida de la ciudadanía de los padres pudiera tener repercusiones en los hijos menores de edad.

En los últimos años, las decisiones del propio Tribunal de Casación han comenzado a admitir una interpretación que permite aplicar el artículo 12 incluso a los niños nacidos con doble nacionalidad. Según esta interpretación, la naturalización del padre o de la madre podría interrumpir la transmisión de la ciudadanía italiana aun cuando el niño ya fuera italiano y extranjero desde su nacimiento.

Las Secciones Unidas rechazaron este entendimiento.

«No es posible recurrir a una norma, la del artículo 12, para resolver situaciones reguladas por otra, la del artículo 7», afirma la sentencia. El tribunal señala que ambas normas rigen situaciones autónomas.

La pérdida exige una decisión por parte del propio ciudadano.

Una de las razones que justifican esta decisión radica en cómo podrían perder la ciudadanía quienes nacen con doble nacionalidad.

Según la Oficina de Casación, la situación de aquellos que adquirieron la ciudadanía italiana por nacimiento. jure sanguinis y el extranjero estoy solo Se regula de forma autónoma por el artículo 7.

En estos casos, el tribunal afirma que la pérdida de la ciudadanía italiana requiere una "Elección voluntaria y consciente" del propio ciudadano.

Por lo tanto, la naturalización del padre o de la madre no podía producir automáticamente este efecto en el niño.

El razonamiento también profundiza en la naturaleza del derecho a la ciudadanía. Las Secciones Unidas reafirman que la condición de ciudadano constituye un "derecho subjetivo permanente e imprescriptible" y consideran que una interpretación de los motivos de pérdida de la ciudadanía es excesivamente amplia, ya que podría comprometer la ciudadanía adquirida. jure sanguinis.

Este pasaje refuerza uno de los puntos centrales de la decisión: la ciudadanía adquirida al nacer no puede considerarse extinguida por una decisión tomada posteriormente por otra persona, en este caso, el padre o la madre.

Tras examinar la situación específica, la Oficina de Casación declara que el hijo "conservó la ciudadanía italiana" incluso después de que el progenitor se naturalizara extranjero y perdiera su propia ciudadanía italiana mientras el niño aún era menor de edad.

¿Quiénes podrían perder su ciudadanía?

La sentencia también establece las circunstancias en las que el artículo 12 podría tener efecto sobre un menor de edad.

Según las Secciones Unidas, "solo un menor no emancipado que posea exclusivamente la ciudadanía italiana" Puede sufrir las consecuencias de la pérdida de la ciudadanía por parte del progenitor en los casos previstos por la antigua legislación.

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La decisión del Tribunal Constitucional cambió el panorama. La nueva ley de ciudadanía será ahora revisada por los tribunales de justicia de la Unión Europea.

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Esta distinción es relevante para los descendientes de italianos nacidos en países como Brasil, Argentina y Estados Unidos, donde la legislación otorga la ciudadanía por nacimiento en el territorio.

En estos casos, el hijo de un ciudadano italiano podría nacer con doble nacionalidad: la italiana, transmitida por sangre, y la del país de nacimiento.

Esta es precisamente la situación que, según las Secciones Unidas, está protegida por el Artículo 7.

El cambio comenzó con decisiones tomadas por la propia Oficina de Casación.

Durante décadas, la interpretación administrativa italiana sostuvo que la posterior naturalización de un progenitor no eliminaba la ciudadanía de un hijo que ya había nacido con doble nacionalidad.

La situación ha cambiado tras las decisiones más recientes del Comité de Casación.

En 2024, el Ministerio del Interior incorporó esta directriz a la administración pública. A partir de entonces, su interpretación comenzó a afectar a las solicitudes presentadas ante los consulados y municipios italianos, así como a los procedimientos judiciales.

La controversia se conoció en Italia como "questione del minore", o "asunto menor", una expresión muy utilizada entre los descendientes en el extranjero.

La decisión de las Secciones Unidas vuelve a cambiar la interpretación judicial al afirmar que el menor con trastorno bipolar estaba protegido por la norma específica del Artículo 7.

La madre y el padre reciben el mismo trato.

Las Secciones Unidas también establecieron un principio con respecto a la transmisión a través de la línea materna.

La sentencia determina que "plena igualdad entre madre y padre"Esto se aplica tanto a la adquisición de la ciudadanía por nacimiento como al análisis de los efectos de la eventual pérdida de la nacionalidad por parte de uno de los padres.

La norma impide que situaciones equivalentes tengan consecuencias diferentes dependiendo de si la ciudadanía fue transmitida por la madre o por el padre.

Se revoca la decisión anterior.

En el caso que nos ocupa, las Secciones Unidas revocaron la decisión del Tribunal de Apelación de Roma, que había adoptado la interpretación restrictiva.

La Oficina de Casación afirma que la sentencia apelada fue en “contraste evidente” basado en los principios establecidos en la nueva decisión.

El proceso volverá a Tribunal de Apelación de Romaque tendrá que realizar un nuevo juicio siguiendo los principios de derecho establecidos por las Secciones Unidas.

La abogada Monica Lis Restanio, que trabajó en el caso, declaró tras el anuncio del veredicto que el "asunto del menor" puede considerarse cerrado. "al menos ante los tribunales".

La salvedad se refiere principalmente a los efectos administrativos de la decisión.

Queda por ver cómo el Ministerio del Interior italiano, los consulados y los municipios adaptarán sus procedimientos, y qué sucederá con las solicitudes que ya han sido rechazadas basándose en la interpretación ahora revocada por el Tribunal de Casación.

La anulación hace referencia directa a la Ley Tajani.

El fallo también aborda la reforma de la ciudadanía aprobada en 2025, aunque este no era el tema central del caso.

Las Secciones Unidas mencionan expresamente el artículo 3-bis de la Ley 91/1992, introducido por el Decreto-Ley 36/2025 y posteriormente convertido en la Ley 74/2025, conocida como Ley Tajani.

En el primer principio de derecho establecido por el tribunal, el Tribunal de Casación afirma que esta nueva disciplina Esto no se aplica a las acciones legales para el reconocimiento de la ciudadanía presentadas antes del 27 de marzo de 2025..

Esto no significa que las Secciones Unidas hayan invalidado la Ley Tajani.

La "cuestión de los menores" y la reforma de 2025 son problemas legales distintos.

El primer punto de discusión aborda si la ciudadanía adquirida al nacer podría perderse debido a la posterior naturalización del progenitor, según la Ley 555/1912.

La Ley Tajani creó nuevas limitaciones al reconocimiento de la ciudadanía para las personas nacidas en el extranjero, a través del artículo 3-bis de la actual Ley 91/1992.

La validez de estas restricciones sigue siendo objeto de debate por separado.

Con esta nueva decisión, el Tribunal de Casación resuelve una controversia que había alterado la interpretación de la ciudadanía italiana en los últimos años, pero no pone fin a la disputa más amplia provocada por la reforma aprobada en 2025.

El texto completo puede leerse y descargarse aquí: www.cortedicassazione.it

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