El Tribunal de Caltanissetta, en Sicilia, desestimó el requisito de "ciudadanía exclusivamente italiana" en una demanda interpuesta entre la entrada en vigor del Decreto Ley 36/2025, conocido como Decreto Tajani, y su conversión en Ley 74/2025.
El fallo, emitido el 10 de junio de 2026 y ahora definitivo, reconoció la ciudadanía italiana de una mujer británica que presentó la demanda el 2 de mayo de 2025.
En aquel momento, el Decreto Tajani ya había modificado las normas para la ciudadanía por descendencia, pero aún permitía el reconocimiento cuando uno de los padres o abuelos italianos había nacido en Italia. Este era el caso del solicitante, cuyo abuelo nació en territorio italiano.
El problema surgió semanas después.
El Tribunal Supremo reafirmó: la ciudadanía se nace con la persona.
- Se abre un nuevo frente legal
- Todavía se pueden presentar demandas.
- Evaluación individual antes de tomar cualquier decisión.
El 24 de mayo de 2025 entró en vigor la Ley 74, que modificó el decreto introduciendo los cambios pertinentes. El Parlamento sustituyó el criterio de nacimiento en Italia por el requisito de que el padre o el abuelo fuera, o hubiera sido en el momento del fallecimiento, pariente. exclusivamente ciudadanos italianos.
El cambio afectaría directamente al caso, ya que el abuelo del solicitante también tenía la ciudadanía británica.
La nueva norma solo se aplica después de la conversión, según dictaminó el tribunal.
El juez Marcello Testaquatra entendió que el caso debía analizarse de acuerdo con el texto normativo vigente al momento de interponerse la demanda.
"Por lo tanto, es a este texto normativo al que debe remitirse para la decisión en este caso", afirmó en la sentencia.
El tribunal citó jurisprudencia del Tribunal de Casación según la cual los cambios realizados durante la conversión de un decreto ley, cuando son "total o sustancialmente sustitutivos", producen efectos desde la entrada en vigor de la ley de conversión, y no desde la emisión del decreto.
Por lo tanto, el requisito de ciudadanía exclusivamente italiana, introducido posteriormente por la Ley 74, no se aplicó a la demanda presentada el 2 de mayo.
El juez consideró que se había cumplido la condición estipulada en el Decreto Ley 36/2025 y reconoció la ciudadanía del solicitante.
«La condición […] en su formulación vigente entre el 28 de marzo de 2025 y el 23 de mayo de 2025, debe considerarse plenamente cumplida, con el consiguiente derecho del solicitante al reconocimiento de la ciudadanía italiana», afirma la decisión.
Mellone ya había planteado la cuestión.
Pocos días después de la aprobación de la Ley 74, el abogado Marco Mellone, defensor en el caso Caltanissetta, publicó en El Sol 24 Horas un análisis de los efectos de los cambios en las solicitudes presentadas precisamente durante ese período.
"Las nuevas y diferentes condiciones impuestas por la ley de conversión eran impredecibles y desconocidas y, por lo tanto, inaplicables en el momento en que se presentó la solicitud", escribió.
El argumento presentado por el abogado va más allá de la solución adoptada en el caso Caltanissetta. Mellone sostuvo que incluso podría haber motivos para aplicar la legislación vigente antes del Decreto Tajani a las solicitudes presentadas antes del 24 de mayo.
En este caso concreto, el tribunal adoptó un enfoque más restrictivo: aplicó el Decreto Ley 36/2025 exactamente como estaba vigente en la fecha en que se presentó la demanda.
Según Mellone, esta es la primera decisión de la que tiene conocimiento que establece este plazo tras la reforma.
La decisión del Tribunal Constitucional cambió el panorama. La nueva ley de ciudadanía será ahora revisada por los tribunales de justicia de la Unión Europea.
La sentencia no vincula a otros tribunales ni garantiza automáticamente el reconocimiento de la ciudadanía en casos similares. Sin embargo, el precedente cobra relevancia para quienes presentaron solicitudes judiciales o administrativas durante el breve lapso entre el Decreto Tajani y la entrada en vigor de la Ley 74, especialmente cuando cumplían con alguna condición estipulada en el decreto que posteriormente fue eliminada o sustituida por el Parlamento.
"Estamos hablando de 'vidas reales' y no de situaciones 'virtuales'", afirmó Mellone.








































Adelaida Mutti Santana
6 de agosto de 2026 a las 13:49 p.m.
Tengo la ciudadanía italiana por derecho de sangre desde 2020; soy bisnieta de un ciudadano italiano. En aquel entonces, mi hijo no quiso participar en el proceso, que se tramitó judicialmente en el Tribunal de Roma. En 2025, quiso participar, pero a pesar de tener toda la documentación necesaria, el abogado le sugirió que esperara. ¿Sería recomendable que participara ahora o debería esperar más tiempo?