La Corte italiana sigue la decisión del STF, que este viernes 15 reanudará el juicio de dos solicitudes de hábeas corpus presentadas por la defensa de Robinho. El ex jugador, Condenado a nueve años de prisión por violación en Italia, actualmente cumpliendo condena en Brasil.
Su defensa cuestiona la legalidad de la aprobación de la sentencia italiana por parte del STJ y busca impedir su ejecución en territorio brasileño.
En septiembre, el relator del caso en el STF, el ministro Luiz Fux, se pronunció contra los pedidos de hábeas corpus, argumentando que la decisión del STJ de ejecutar la sentencia en Brasil no presentaba irregularidades.
El ministro Edson Fachin también votó en contra del hábeas corpus, mientras que Gilmar Mendes solicitó una revisión, suspendiendo el análisis por tres meses.
Si el STF rechaza las solicitudes, Robinho permanecerá en prisión. Si se acepta el hábeas corpus, puede responder libremente, y se realizará un nuevo análisis de la aplicación de la sentencia italiana en Brasil.

Comprender el caso
Robinho se encuentra detenido en la penitenciaría de Tremembé II desde el 20 de marzo. Una vez que el STJ determinó que el exjugador debía cumplir una pena de nueve años de prisión en el país, la defensa pidió un nuevo análisis del caso y argumentó que no correspondería al STJ determinar el cumplimiento inmediato de la sentencia. La sentencia sin que el gobierno italiano ni el Ministerio Público se manifestaran.
El exjugador fue condenado por la Corte italiana en 2017, con sentencia firme en 2022, a nueve años de prisión por el delito de violación, ocurrido en una discoteca de Milán, Italia, en 2013.
La víctima era una joven albanesa llamada Mercedes. La solicitud de aprobación y transferencia de ejecución de la sentencia presentada por el gobierno italiano se basó precisamente en el tratado de extradición firmado con Brasil.
Además de denegar el recurso de hábeas corpus, la defensa de Robinho también abogó por una reducción de la pena del exjugador, y que la condena no tuvo en cuenta el delito cometido como “atroz”. El argumento es que la violación está en la Ley de Crímenes Atroces, pero la “violación en grupo” no.
“La mera aprobación de la sentencia italiana por parte del STJ no es suficiente para conceder la gravedad del delito, ya que tal calificación depende de la disposición legal expresa”, escribió el abogado Mário Rossi Vale, responsable del escrito de solicitud presentado en mayo.
*Con información de Ansa y Estadão