El Tribunal de Casación italiano confirmó la condena de un brasileño a 4 años y 6 meses de prisión por participar en un plan para obtener fraudulentamente la ciudadanía italiana. La pena se impuso por falsificación de documentos en un acto público, basándose en registros de residencia falsos utilizados para iniciar el trámite. jure sanguinis en el municipio de Brusciano, en provincia de Nápoles.
La decisión, emitida por el Tribunal de Casación, instancia equivalente al Superior Tribunal de Justicia (STJ) en Brasil, también anuló parte de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Nápoles, específicamente en lo referente a la acusación de asociación criminal contra la italiana LB.
El juicio reveló las actividades de una red ilegal entre 2014 y 2017. VLS, ciudadano brasileño residente en Terni y propietario de una agencia de inmigración, fue identificado como responsable de reclutar a personas interesadas en la ciudadanía italiana. Según la sentencia judicial... obtenido por italianismoDirigió a los solicitantes al municipio de Brusciano, donde fueron registrados falsamente como residentes locales.
La decisión fue dictada por la Quinta Sala Penal del Tribunal de Casación. Se trata de la sentencia n.º 882/2026, presidida por Luca Pistorelli e informada por la concejala Elisabetta Maria Morosini.
Prácticas irregulares
Las investigaciones, basadas en escuchas telefónicas, incautación de documentos y testimonios, apuntaron al funcionamiento de una red entre 2014 y 2017. El fraude consistía en el registro ilegal de extranjeros que no residían efectivamente en el municipio de Brusciano.
Según el Tribunal de Casación, esta práctica "permitió iniciar un procedimiento de reconocimiento de ciudadanía italiana iure sanguinis en el municipio de Brusciano, incluso en ausencia de la documentación requerida por la ley para demostrar la descendencia directa de un ciudadano italiano".
La sentencia establece: “La inscripción de ciudadanos extranjeros que nunca han residido en el municipio constituye falsificación de documentos en acto público”.
El tribunal rechazó el argumento de la "declaración de asistencia".
La defensa de VLS argumentó que una simple declaración de presencia bastaría para validar el registro, sin necesidad de residencia habitual. El Tribunal refutó este argumento y aclaró:
“La declaración de presencia legitima la estancia del extranjero… pero el registro exige que el extranjero acredite su ‘residencia habitual’ en el municipio.”
Según la decisión, “el lugar de residencia determina el municipio responsable de realizar y concluir el trámite”.
Asociación delictiva: ausencia de intención estable
La apelación de LB fue parcialmente estimada. El Tribunal anuló su condena por asociación para delinquir, al considerar que no se había probado la supuesta "asociación para delinquir". afecto societatisEs decir, la intención estable y consciente de unirse a un grupo delictivo.
La sentencia explica: «La simple cooperación consciente en actos ilícitos no basta para constituir una asociación delictiva». Añade: «Es necesario demostrar que el acusado compartía, de forma estable, los fines y métodos de la organización».
En el caso de LB, la Sala consideró insuficiente el razonamiento de la instancia anterior, al señalar que la decisión se limitó a mencionar que éste “cooperó a sabiendas en la conducta ilícita”, sin profundizar en un análisis de su adhesión personal y continua a la organización.
El reconocimiento de la ciudadanía requiere un vínculo real.
La Corte reafirmó que el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia requiere un vínculo territorial cuando el trámite se realiza en territorio italiano.
La sentencia destaca: “Los casos se basaron en declaraciones falsas de residencia, permitiendo el reconocimiento de la ciudadanía incluso sin presencia real en el territorio”.
Según los jueces, el derecho a la ciudadanía por descendencia (jure sanguinis) existe, pero obtenerla en Italia exige que el solicitante esté efectivamente presente en el país. El uso de registros falsos para justificar este vínculo territorial constituye un delito.
El ciudadano italiano LB se enfrentará a un nuevo juicio, limitado al cargo de asociación delictiva y a la condena. El recurso de apelación de VLS fue rechazado en su totalidad y deberá cumplir la condena impuesta de 4 años y 6 meses de prisión, además de pagar las costas judiciales.


























































