Un tratado poco conocido, firmado por 29 naciones del continente, define quiénes pueden convertirse en ciudadanos naturalizados, tener doble ciudadanía e incluso cómo cumplir con las obligaciones militares.
Es Convenio Europeo sobre NacionalidadEste es un marco legal ignorado por muchos, pero puede cambiar la vida de quienes viven o desean vivir en Europa. El texto se firmó en 1997 en Estrasburgo, Francia.
Un nuevo enfoque para las nacionalidades múltiples.
Antes de la convención de 1997, la norma vigente provenía de un tratado de 1963, que consideraba indeseable la multiplicidad de nacionalidades. Esta interpretación cambió con el aumento de la migración, los matrimonios entre personas de diferentes nacionalidades y el principio de igualdad entre hombres y mujeres.
según el profesor Martín VinkSegún , titular de la Cátedra de Estudios de Ciudadanía del Centro Robert Schuman del Instituto Universitario Europeo de Florencia, la convención “introdujo un nuevo enfoque a la nacionalidad múltiple, que anteriormente estaba restringida por la convención de 1963, pero que ha llegado a ser vista cada vez más como una realidad demográfica en el contexto de la igualdad de género y las familias de origen mixto, donde ambos padres pueden transmitir su ciudadanía a sus hijos”.
Añade que el tratado “ofrece un enfoque neutral, más que restrictivo”.
Al mismo tiempo, garantiza "unos estándares básicos en materia de nacionalidad para las nuevas democracias surgidas en Europa del Este después de 1989, además de promover una cierta armonización de los criterios de adquisición y pérdida de la nacionalidad en los diferentes Estados europeos, en un contexto de migración de larga data".

Países firmantes y ratificación
Los países que firmaron la convención incluyen: Italia, Portugal España, Suiza, Reino Unido, Turquía, Alemania, Francia y Ucrania.
Sin embargo, ocho países aún no han ratificado el texto, lo que significa que no están legalmente obligados a implementarlo. Estos son: Italia, Croacia, Francia, Grecia, Letonia, Malta, Polonia y Rusia.
Normas de naturalización y derechos de los niños
La convención estipula que las personas que residen legal y habitualmente en un país deben tener la posibilidad de naturalizarse. El período de residencia requerido no puede exceder de diez años, y los trámites deben completarse en un plazo razonable, con las tasas correspondientes y la posibilidad de recurso administrativo o judicial.
La legislación interna de los países debe reconocer que los hijos nacidos de uno de sus ciudadanos adquieren automáticamente la nacionalidad, con algunas excepciones en el caso de los nacimientos en el extranjero.
Se debería facilitar la ciudadanía a los hijos de nacionales, ya sean adoptados o naturalizados, incluso facilitando los requisitos de residencia, las barreras lingüísticas y los costos.
Deberían eliminarse las distinciones entre cónyuges extranjeros, hombres y mujeres, y ambos padres deberían tener derecho a transmitir su nacionalidad a sus hijos.
Los niños nacidos y residentes en el país, los apátridas, los refugiados y los menores abandonados también deberían tener un acceso más fácil a la ciudadanía.
No discriminación e igualdad de derechos
La convención establece que no puede haber discriminación en las reglas de adquisición de la ciudadanía basada en sexo, religión, raza, color u origen nacional o étnico.
Esta igualdad debe extenderse también a los derechos y deberes después de obtener la ciudadanía, garantizando que los ciudadanos naturalizados tengan los mismos derechos que los nacidos en la nacionalidad.
Sin embargo, un estudio reciente del Observatorio de Ciudadanía Global (GLOBALCIT)Según un estudio del Instituto Universitario Europeo, la discriminación persiste. Muchos casos de pérdida de ciudadanía afectan especialmente a los ciudadanos naturalizados.
Obligaciones militares y nacionalidades múltiples
Para las personas con múltiples nacionalidades, la convención establece reglas claras sobre las obligaciones militares.
Estos ciudadanos están obligados a prestar el servicio militar únicamente en el país donde residen habitualmente. Hasta los 19 años, pueden optar por servir en otro país signatario del que también sean nacionales.
Quienes vivan en un país donde el servicio militar no sea obligatorio serán considerados exentos si son residentes habituales de ese país, pero esta exención no se extiende automáticamente a otras nacionalidades.
Quien haya prestado ya servicio militar o civil en un país signatario se considera que ha cumplido su servicio en relación con otros países signatarios de los que también sea nacional.
Pérdida y recuperación de la ciudadanía
La pérdida de la ciudadanía solo puede ocurrir en situaciones específicas. Estas incluyen la adquisición voluntaria de otra nacionalidad, fraude en el proceso de naturalización, participación en fuerzas armadas extranjeras o acciones contrarias a los intereses vitales del país.
Otra posibilidad es cuando no existe un vínculo efectivo entre el ciudadano y el país, especialmente en el caso de personas residentes en el extranjero.
La Convención prohíbe la revocación de la ciudadanía en casos que resulten en apatridia. También recomienda facilitar la restitución de la nacionalidad a los exciudadanos que residan legalmente en el país.
El debate actual sobre el servicio militar reaviva el interés en la convención.
La pertinencia de la convención volvió al debate público después de que el Parlamento alemán aprobara, el pasado viernes (12/12), una ley que reintroduce el servicio militar de forma voluntaria, con posibilidad de reclutamiento según las necesidades.
Esta medida llega en medio de discusiones en curso sobre seguridad y defensa en Europa, donde el tema de las obligaciones militares está ganando terreno.
En este escenario, las directrices de Convenio Europeo sobre Nacionalidad Se están convirtiendo nuevamente en un referente importante para orientar las políticas públicas, especialmente en lo que respecta a las personas con múltiples nacionalidades.
haga click aquí para descargar El texto completo del Convenio Europeo sobre Nacionalidad, firmado en 1997 en Estrasburgo, Francia.




























































Mauro Tanner
14 de diciembre de 2025 a las 10:19
Entonces, ¿Italia firmó esta convención o no? Un párrafo dice que sí, el siguiente dice que Italia está entre los ocho países que aún no la han firmado. ¡Qué confusión!