Los conductores brasileños que viven en Italia obtuvieron una facilidad para su vida diaria: la conversión de su Licencia Nacional de Conducir (CNH) en un Patente de Guida, la licencia italiana.
La norma fue renovada entre los gobiernos de ambos países este lunes (15) y establece que cualquier persona que tenga una licencia de conducir válida y haya residido menos de seis años puede solicitar el documento italiano sin tener que pasar por el proceso de tomar clases en una autoescuela o realizar exámenes prácticos y teóricos.
Hoy son más de 100 mil brasileños viviendo en el país peninsular.
El acuerdo fue firmado durante la visita del presidente de Italia, Sergio Mattarella, recibido por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva en un almuerzo en el Palacio de Itamaraty. “La mayor fuerza impulsora detrás de los vínculos entre Italia y Brasil son nuestras sociedades, y nos interesa acercarlas con medidas simples que apoyen el intercambio. Por eso, me alegra la firma hoy de un acuerdo sobre el reconocimiento recíproco de las licencias de conducir”, declaró Lula.
“Espero que este instrumento fomente los negocios y facilite la rutina de los brasileños que viven en Italia y de los italianos que viven en Brasil”, añadió.
Ver las reglas del acuerdo.
Para los brasileños en Italia, la conversión de billetera debe solicitarse al Registro de Vehículo de su lugar de residencia.
Y en base a lo establecido en el nuevo acuerdo, la conversión del permiso de conducir a la nacionalidad italiana o brasileña sólo será posible para los conductores de las categorías A y B.
El beneficio no se extiende a los titulares de licencias en las categorías C, D y E, que aún necesitan realizar cursos de especialización en ambos países.
Consulte los principales requisitos para convertir su licencia de conducir bajo el acuerdo bilateral:
• La tarjeta debe ser definitiva y vigente, la tarjeta no puede ser provisional;
• Residir en uno de los países parte del acuerdo por menos de seis años, tomando como referencia la fecha en que se presenta la solicitud de conversión;
• Edad mínima establecida por el reglamento interno respectivo respecto de la expedición de la categoría de licencia a la que se solicita la conversión;
• Las autoridades competentes podrán exigir al solicitante que presente un certificado médico que acredite la posesión de los requisitos psicofísicos necesarios para las categorías de cualificación solicitadas;
• Las restricciones de conducción y sanciones previstas con relación a la fecha de expedición de la licencia por las normas internas de las partes se aplican a la nueva licencia de conducir, tomando como referencia la fecha de la primera expedición de la CNH;
• El acuerdo se aplica exclusivamente a las licencias de conducir expedidas antes de que su titular obtenga residencia en el territorio de la otra parte;
• El acuerdo no se aplica a las licencias de conducir obtenidas en sustitución de un documento emitido por terceros estados y no convertible en el territorio de la parte que debe realizar la conversión.