La abogada María Stella La Malfa, responsable del caso de ciudadanía italiana negado a un menor, explicó a la italianismo Cómo el equipo legal estructuró la acción que llevó el asunto al Tribunal Constitucional de Italia.
El caso fue detallado este viernes (24), en el artículo “La negación de la ciudadanía italiana a una menor provoca análisis en el Tribunal Constitucional".
Según el abogado, el caso tomó un rumbo diferente al habitual. En lugar de esperar a que se programara una audiencia, la defensa optó por presentar directamente una demanda ante el Tribunal basándose en un caso que habían construido para plantear la cuestión de inconstitucionalidad.
“El tema fue manejado de manera innovadora en relación al procedimiento común normalmente adoptado en acciones de reconocimiento de ciudadanía”, afirmó.
El caso se inició con una solicitud de certificado de nacimiento para un menor no mencionado en la resolución original de reconocimiento de ciudadanía. La estrategia buscaba obtener una denegación formal del funcionario del registro civil, requisito legal para iniciar un proceso judicial, según el artículo 95 del Decreto Presidencial n.º 396 de 2000.
Inicialmente, la respuesta del funcionario municipal de Canneto sull'Oglio Era vago. Sin embargo, tras insistir, se emitió una denegación clara y formal, tal como lo prevé la norma.
“En un primer momento, el funcionario dio una respuesta vaga, pero tras negarse a responder, entendió que debía haber emitido una resolución expresa y formal, como se hizo”.
Con esta negativa en la mano, el caso fue llevado al Tribunal de Mantua, acompañado de preguntas sobre la constitucionalidad de la Ley n. 74/2025, que modificó las normas de ciudadanía italiana.
El profesor de Derecho Constitucional participó en el proceso Alfonso Celotto, quien también actuó como abogado patrocinador en la fase judicial.
“La ordenanza de remisión emitida por la Corte está particularmente bien fundada, aborda varios perfiles constitucionales y sistemáticos, y se espera que se publique en breve en el Gaceta Oficial”, afirmó La Malfa.
El abogado enfatizó que el enfoque de la demanda no es la diferencia de trato entre hermanos, sino la situación específica de los menores, según lo dispuesto en el artículo 3-bis de la Ley de Ciudadanía. La nueva ley excluye automáticamente a los menores no mencionados en la sentencia, incluso si nacieron antes de su entrada en vigor.
“Es importante destacar que la cuestión no se refiere a la disparidad de trato entre hermanos, sino exclusivamente a la situación del hijo menor […] respecto de todos los nacidos antes de la nueva ley, independientemente de su edad.”
Según La Malfa, Ya se han interpuesto otras acciones similares Por ella se están preparando nuevas iniciativas para impugnar disposiciones que, según ella, también son inconstitucionales.
“Ya se han presentado otras demandas contra la negativa de los municipios a transcribir y se están preparando nuevas iniciativas ante otros tribunales”, concluyó.
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